TESTIMONIO: VISTO: Que con fecha 5 de junio de 1993 vence el contrato de concesión de uso celebrado con la Empresa Paca-Murú S.R.L. el día 5 de junio de 1978, de a-cuerdo a la licitación pública Nº 3/78, que fijara el plazo de quince años, y CONSIDERANDO: Que en la clásula décimo séptima de dicho contrato se establece que el concedente podrá otorgar una prórroga de cinco años más, Que para ello deberán fijarse las nuevas condiciones que regirán la mencionada prórroga. Que el Departamento Ejecutivo ha iniciado las tratativas con la empresa adjudicataria a fin de determinar las nuevas condiciones de los cinco años previstos. Que las mencionadas tratativas, si bien se encuentran avanzadas, no han sido concluidas. Que es necesario dictar una medida administrativa que regularice, en tanto, el uso de dicho bien municipal. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 28/93 ------------------------------- ARTICULO 1.- Otórgase a la Empresa Paca-Murú S.R.L., concesionario hasta el día ------------ 5 de junio de 1993 del Matadero Municipal, permiso precario de uso o explotación del mismo.-------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Dicho permiso tendrá vigencia hasta finalizar las tratativas entre ------------ las partes a fin de determinar, o no, la prórroga de la concesión.- ARTICULO 3.- Este permiso precario no podrá exceder los noventa (90) días, por ------------ lo que finalizado dicho plazo, si las partes no han arribado a a-cuerdo, se retrotraerá la situación jurídica al día 5 de junio de 1993.--------- ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los quince días del mes de junio de mil novecientos noventa y tres. FIR-MADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-------